¿Qué es el Registro Único de Proponentes?

Es el registro que habilita a las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, interesadas en celebrar contratos con las entidades estatales, salvo las excepciones expresamente señaladas en la ley. Al registrarte en el RUP haces parte la base de proveedores más grande del país.

En este registro consta, además, la información mensual remitida por las entidades estatales sobre contratos que le han sido adjudicados al proponente, tenga en ejecución o estén ejecutados, incluyendo las multas y sanciones en firme relacionadas con su conducta.

 

Conoce más sobre el Registro Único de Proponentes

Conoce más sobre el Registro Único de Proponentes

– Diligencia y firma el formulario a través del aplicativo (link con acceso a la plataforma).

– Imprime el formulario.

– Adjunta los documentos que soportan la información de los requisitos habilitantes:

Experiencia: información extraída de los documentos que soportan los contratos ejecutados por el proponente, consorcio, unión temporal o sociedad donde el proponente tenga o haya tenido participación. Las personas jurídicas con menos de tres años de constituidas pueden acreditar este requisito habilitante con la experiencia directa de sus socios o accionistas, asociados o constituyentes.

Capacidad jurídica: aptitud de una persona natural o jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones.

Capacidad financiera: información que refleja la fortaleza financiera del interesado.

Capacidad técnica: refleja el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de los activos del proponente.

Clasificación: el proponente se clasifica dentro de los bienes, obras o servicios que ofrecerá a las entidades estatales con el sistema de codificación de las Naciones Unidas que estandariza productos y servicios, conocido por las siglas UNSPSC.

Reporte mensual de las entidades estatales sobre contratos, multas, sanciones e inhabilidades de los proponentes: se lleva a cabo en la plataforma RUES. Para mayor información sobre los aspectos que regulan el envío de la información, consulta el numeral 4.2.10 y siguientes de la Circular 002 de 23 de noviembre de 2016, expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio.

Paso a Paso

Encuentra en las guías la información de otros documentos que complementan los requisitos habilitantes.

Realiza el pago de los derechos de inscripción en las taquillas de la Cámara. Consulta aquí las tarifas.

Consulta el estado del trámite con el radicado que aparece en la factura

Una vez terminado el proceso de registro, reclama el certificado en cualquiera de las sedes de la Cámara.

Recuerda que la información del certificado queda en firme después de 10 días hábiles contados a partir del siguiente día del registro. Mientras este plazo se cumple, el certificado del RUP contendrá los datos registrados anteriormente y la nueva información reportada, sujeta al cumplimiento de tiempo de firmeza. Ten en cuenta que una vez cumplidos los 10 día hábiles, en el certificado se reflejará solo la última información reportada.

Renovación RUP

Para mantener vigentes los efectos de tu registro debes renovar cada año entre el 1° de enero y el 5° día hábil de abril, sin importar cuándo te hayas inscrito.

Importante:

Gracias a gestión liderada por las Cámaras de Comercio en conjunto con el Gobierno Nacional, se expidió decreto que permite a los empresarios contar con más tiempo para cumplir con la renovación de sus registros públicos en 2020. Se trata de una medida de solidaridad con los empresarios del país, ante la emergencia económica y social declarada para atender la situación generada por el Covid-19.

Conoce el paso a paso para hacerlo:

1.Ingresa a www.ccmmna.org.com y accede a la plataforma virtual RUP con el usuario y la contraseña asignada para este registro, y selecciona la opción renovar. Allí encontrarás la información reportada anteriormente.

Revisa los datos, actualízalos y adiciona la información necesaria con base en los documentos que lo soportan.

Verifica que la información financiera diligenciada corresponda a la vigente al 31 de diciembre de 2019, y si está inscrito en el Registro Mercantil o ESAL, que sea coherente con lo reportado en la renovación de ese registro.

2.Imprime el formulario, fírmalo y anexa los documentos requeridos tales como los soportes de los contratos modificados y/o adicionados. Acércate a cualquiera de nuestras sedes donde podrás resolver inquietudes y radicar el trámite.

3.Realiza el pago correspondiente en las taquillas de la Cámara.

Renueva hasta el 7 de julio de 2020.

Ten en cuenta

Si eres un comerciante matriculado en el Registro Mercantil o en el Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, al ingresar a la plataforma virtual RUP para realizar la inscripción el sistema cargará automáticamente los datos de nombre o razón social y duración según el caso; nombre, documento de identidad y facultades del representante legal; fecha y clase de documento mediante el cual se obtuvo el reconocimiento o adquisición de la personería jurídica y las situaciones de control o grupos empresariales vigentes en el registro. Revísalos y en caso de ser necesario, realiza las modificaciones respectivas ante el registro Mercantil o de Entidades sin Ánimo de Lucro antes de proceder con el registro en el RUP.

Recuerda que de no renovar tu Registro Único de Proponente, dentro del término establecido, cesarán sus efectos, lo que implica la no expedición de certificados hasta tanto no vuelvas a inscribirte.