¿Qué es y para qué necesito el registro de las ESAL?

Importante: la Gobernación de Antioquia amplía el plazo para el reporte de documentación administrativa, financiera y contable a la Dirección de Asesoría Legal y de Control a la vigencia del año 2019 hasta el 30 de junio de 2020. Ingresa aquí para consultar la circular

Es el conjunto de actos, libros y documentos generados por las personas jurídicas sin ánimo de lucro que requieren de inscripción en la Cámara de Comercio atendiendo a un control de legalidad asignado por la ley.

Estas entidades se caracterizan por propósitos altruistas o de cooperación en favor de sus asociados, de terceros o de la comunidad en general. El registro es necesario para darle publicidad a la información más relevante y le concede plenos efectos frente a terceros.

Las ESAL deben mantener su información actualizada con la renovación anual entre el primero de enero y el 31 de marzo.

Nota: recuerde que los sábados no son considerados días hábiles en los tiempos de respuesta de su trámite

Tipos de Entidades Sin Ánimo de Lucro:

Entidades del Régimen Común: asociaciones, corporaciones y fundaciones.

Entidades del Sector Solidario: cooperativas, pre – cooperativas, incluyendo las de trabajo asociado, fondos de empleados y asociaciones mutuales

Información necesaria para crear una Entidad Sin Ánimo de Lucro

Consulta los requisitos para la constitución de una corporación o asociación aquí
Consulta los requisitos para la construcción de cooperativas y pre-cooperativas aquí
Consulta los requisitos para la construcción de fondos de empleados y asociaciones mutuales aquí
Consulta los elementos para elaborar el acta de constitución aquí

Verifica la disponibilidad del nombre aquí

Identifica las actividades a desarrollar

Consulta las tarifas aquí

Realiza el pago de los derechos de inscripción y el impuesto de registro en las taquillas de la Cámara

Solicita los libros después de la inscripción de la constitución aquí
Las corporaciones, fundaciones y asociaciones deben presentar los documentos requeridos por la Gobernación de Antioquia, dentro de los 10 días hábiles sigueintes a la fecha de inscripción de la constitución de la entidad. Conócelos aquí

Las entidades del sector solidario deben consultar las disposiciones de la Superintendencia de economía solidaria, entidad que supervisa sus actividades.

Otros trámites

Aplica para las nuevas entidades sin ánimo de lucro.

1. Para conocer cómo realizar la inscripción según el tipo de Esal, consulta las guías correspondientes:

2. Una vez efectuada la inscripción de la constitución, solicita los libros. Conoce cómo hacerlo aquí.

3. Las corporaciones, fundaciones y asociaciones deben presentar los documentos requeridos por la Gobernación de Antioquia dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la inscripción de la constitución de la entidad. Conócelos aquí

4. Las entidades del sector solidario deben consultar las disposiciones de la Superintendencia de Economía Solidaria, entidad que supervisa sus actividades.

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 166 del Decreto 19 de 2012, las entidades inscritas en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro deberán renovar su inscripción antes del 31 de marzo de cada año. Además, deberán actualizar sus datos para mantener la información vigente correspondiente. Realiza la renovación aquí.

Importante:

Gracias a gestión liderada por las Cámaras de Comercio en conjunto con el Gobierno Nacional, se expidió decreto que permite a los empresarios contar con más tiempo para cumplir con la renovación de sus registros públicos en 2020. Se trata de una medida de solidaridad con los empresarios del país, ante la emergencia económica y social declarada para atender la situación generada por el Covid-19. Renueva hasta el 3 de julio de 2020. Conoce más aquí.

Si tu dirección, teléfono y correo electrónico han cambiado o desempeñas una nueva actividad, debes informarlo oportunamente. Actualizar la información da mayor seguridad y protección a tu registro porque permite un contacto permanente y eficiente con la Cámara, y con los interesados en los productos o servicios que tu entidad ofrece.

Para reportar cambios de información persona natural o jurídica, descarga el formato aquí

Para reportar cambios de información en tus establecimientos, sucursales o agencias, descarga el formato aquí.

Para informar los datos de contacto en la reforma por cambio de domicilio, descarga el formato aquí.

En caso de que la entidad sin ánimo de lucro determine realizar la disolución y liquidación, debes:

– Presentar en las sedes de la Cámara copia del acta o documento en el que se presenta la disolución y del acta o documento en el que se registra la liquidación. En caso de tener establecimientos de comercio, también debe solicitar su cancelación.

– Radicar en la Cámara los documentos que acrediten el proceso de cancelación.

-Pagar en las taquillas de la Cámara el valor que se establece según la información registrada.

Una vez recibas la respuesta a tu solicitud, dirígete a la Gobernación de Antioquia para finalizar el proceso de liquidación (según la Circular 251 de noviembre 8 de 2006) Consulta el instructivo.

 

 Conoce los diferentes actos, documentos y libros que requieren de la publicidad del registro para los efectos jurídicos señalados en la ley.