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El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño fue creado por el ministerio de justicia y del derecho, mediante resolución 072 del 03 de octubre del 2011, su finalidad es brindar de manera eficaz, ágil y económica, una solución a las diferentes controversias suscitadas entre los pobladores de la región.
Actualmente, este centro ha servido para solucionar múltiples conflictos a través de los mecanismos de la conciliación y el arbitraje en asuntos civiles, comerciales, de familia y de tránsito, entre otros.
El Centro de Conciliación y Arbitraje cuenta hoy con una sala de audiencias acondicionada para llevar a cabo las conciliaciones de manera cómoda, ágil y privada en su sede principal. Igualmente dispone de equipo de cómputo e instrumentos necesarios para llevar a cabo sin demora la conciliación o, cuando es el caso, las audiencias del trámite arbitral si así lo disponen los árbitros.
Si tienes una duda sobre conciliación y arbitraje o requieres orientación telefónica personalizada, no dudes en comunicarte en nuestras líneas de atención 604 833 2730 Ext. 102 – 314 680 5300.
Es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual, las partes involucradas acuerdan acudir a un tercero ajeno y neutral, denominado conciliador, quien interactúa siempre habilitado por las partes, facilitando entre estas la comunicación y la negociación, y quien además presenta fórmulas de arreglo que permita llegar a soluciones satisfactorias para ambas partes.
Permite que los asuntos sujetos a controversia se resuelvan en una única instancia.
Todo ciudadano tiene derecho de acceder a la conciliación sin necesidad de intervención de un abogado, salvo que desee contar con asistencia profesional
Los asuntos tratados durante el desarrollo de la audiencia gozarán de discrecionalidad absoluta por parte de los sujetos intervinientes.
Se evitan los tiempos incesantes de los despachos judiciales, con la incertidumbre de sí las pretensiones serán favorables o desfavorables.
Las partes son quienes a través del diálogo resolverán de manera conjunta sus diferencias.
A la celebración de la audiencia deben necesariamente asistir las partes, aunque podrán hacerlo junto con su apoderado, salvo en aquellos eventos en que el domicilio de una de las partes no esté dentro de la circunscripción de la Cámara de Comercio, caso en el cual podrá celebrarse por intermedio de apoderado, debidamente facultado para conciliar.
Serán conciliables todos los asuntos susceptibles de transacción, desistimiento y aquellos que expresamente determine la ley entre otros.
La solicitud del servicio de conciliación podrá ser presentada de común acuerdo o individualmente por las partes, por escrito o a través de la suscripción del formato que el centro dispone para este fin. Los requisitos mínimos de toda solicitud son los siguientes:
Puede descargar su Formato de solicitud de conciliación indicando en la solicitud que es comerciante y la cuantía de la controversia, acreditando los anteriores requisitos y suministrando además correo electrónico y datos de contacto de las partes.
Una vez enviada la solicitud al correo electrónico a juridica@ccmmna.org.co, se le remitirá un correo indicándole el valor a pagar y los medios de pago.
Para ser incluido en la lista de Conciliadores del Centro de Conciliación y Arbitraje, se debe cumplir con los siguientes requisitos:
Para más información comunícate en nuestras líneas de atención 604 833 2730 Ext. 102 – 314 680 5300.
El arbitraje es un proceso en el que las personas en conflicto deciden dejar que un grupo especial llamado tribunal arbitral resuelva su problema en lugar de ir a un tribunal normal.
Este grupo temporal tiene la autoridad para tomar una decisión, conocida como laudo arbitral.
Lo anterior puede ocurrir mediante dos mecanismos:
Para ser incluido en la lista de Árbitros del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño el aspirante debe cumplir con los siguientes requisitos:
El árbitro que esté interesado en ser inscrito en alguna de las listas del Centro deberá presentar la solicitud a la Dirección del Centro de Conciliación y Arbitraje, acompañada de los documentos idóneos que sirvan de soporte a los requisitos mínimos que se mencionaron con anterioridad, y en especial deberá entregar los siguientes documentos:
CAPITULO I
Políticas y finalidades del Centro de Conciliación y Arbitraje
ARTÍCULO 1
Ámbito de aplicación del reglamento. Este reglamento se aplicará a los funcionarios del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño y a todos los conciliadores y árbitros inscritos en este centro.
ARTÍCULO 2
Misión y visión del centro de conciliación y arbitraje
El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y Nordeste Antioqueño tendrá por misión y visión las siguientes:
ARTÍCULO 3
Principios. Para cumplir con la misión y alcanzar la visión del Centro de Conciliación
Descargue la resolución 0072 de 2011 – Por la cual se autoriza la creación del Centro de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio del Magdalena Medio y nordeste Antioqueño.