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Registros públicos

¿Qué es el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro - ESAL?

Es una persona creada o reconocida por la ley con capacidad para ejercer derechos y contraer obligaciones. Se conforma por voluntad de los asociados en virtud del derecho constitucional de asociación, o por la libertad de disposición de los bienes de los particulares, para la realización de fines con beneficio comunitario, por lo que no contemplan dentro de su objeto principal el desarrollo de actividades mercantiles.

También podemos decir que es el conjunto de actos, libros y documentos generados por las personas jurídicas sin ánimo de lucro, que requieren de inscripción en la Cámara de Comercio atendiendo a un control de legalidad asignado por la ley.

Las ESAL deben mantener su información actualizada con la renovación anual entre el 01 de enero y el 31 de marzo.

Nota: recuerde que los sábados no son considerados días hábiles en los tiempos de respuesta de su trámite.

Tipos de Entidades Sin Ánimo de Lucro

  • Entidades del Régimen Común: asociaciones, corporaciones y fundaciones.
  • Entidades del Sector Solidario: cooperativas, pre-cooperativas, incluyendo las de trabajo asociado, fondos de empleados y asociaciones mutuales.

Si tienes una duda sobre los tipos societarios o requieres orientación telefónica personalizada, no dudes en comunicarte a nuestras líneas de atención 833 2730 – 314 680 5300.

¿Cómo lo hago?

Tener claro el tipo de Entidad Sin Ánimo de Lucro (ESAL) que va a crear (Corporación, Asociación, Fundación, Cooperativas, Precooperativas, Asociaciones Mutuales y otras).

Requisitos

Requisitos Asociación y Corporación:

  • Acta de constitución.
  • Estatutos autenticados ante notaria por presidente y secretario ad-hoc que eligieron en la asamblea.
  • Listado de asociados con Nombre, Domicilio (municipio) e identificación de cada uno.
  • Carta de aceptación de cargos de los miembros de Junta directiva y representante legal con sus respectivas copias de cédulas.
  • Diligenciar formulario RUES.
  • Tener clara las responsabilidades tributarias a tener en la DIAN.
  • Actividades económicas (código CIIU).
  • Registrar libros (Actas de Asamblea de asociados y Registro de Asociados).

Entidad que vigila: Gobernación de Antioquia

Requisitos fundación:

Se debe constituir con un Patrimonio

  • Acta de constitución.
  • Estatutos autenticados ante notaria por presidente y secretario ad-hoc que eligieron en la asamblea.
  • Certificación del patrimonio firmado por el revisor fiscal.
  • Listado de asociados con Nombre, Domicilio (municipio) e identificación de cada uno.
  • Carta de aceptación de cargos de los miembros de Junta directiva, representante legal y revisor fiscal, con sus respectivas copias de cedulas, copia de la tarjeta profesional del revisor fiscal.
  • Diligenciar formulario RUES.
  • Tener clara las responsabilidades tributarias a tener en la DIAN.
  • Actividades económicas (código CIIU).
  • Registrar libros (Actas de Asamblea de asociados y Registro de Asociados).

Entidad que vigila:  Gobernación de Antioquia

Requisitos cooperativa:

  • Acta de constitución.
  • Estatutos autenticados ante notaria por presidente y secretario ad-hoc que eligieron en la asamblea.
  • Listado de asociados (mínimo 20) con Nombre, Domicilio (municipio) e identificación de cada uno.
  • Certificado de curso de cooperativismo cada uno.
  • Certificación del patrimonio.
  • Carta de aceptación de cargos de los miembros de consejo de administración, representante legal y revisor fiscal, con sus respectivas copias de cedulas, copia de la tarjeta profesional del revisor fiscal).
  • Diligenciar formulario RUES.
  • Tener clara las responsabilidades tributarias a tener en la DIAN.
  • Actividades económicas (código CIIU).
  • Registrar libros (Actas de Asamblea de asociados y Registro de Asociados).

Entidad que vigila: Superintendencia de economía solidaria

Trámites

Inscripción

  1. Para conocer cómo realizar la inscripción según el tipo de ESAL, consulta las guías correspondientes (Aquí se cargarán unas guías)
  2. Una vez efectuada la inscripción de la constitución, solicita los libros.
  3. Las corporaciones, fundaciones y asociaciones deben presentar los documentos requeridos por la Gobernación de Antioquia dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de la inscripción de la constitución de la entidad.
  4. Las entidades del sector solidario deben consultar las disposiciones de la Superintendencia de Economía Solidaria, entidad que supervisa sus actividades.

Una vez recibas la respuesta a tu solicitud, dirígete a la Gobernación de Antioquia para finalizar el proceso de liquidación (según la Circular Radicado 2024090000011 de 10 de enero de 2024).

Renovación

De acuerdo con lo establecido en el Artículo 166 del Decreto 19 de 2012, las entidades inscritas en el Registro de Entidades sin Ánimo de Lucro deberán renovar su inscripción antes del 31 de marzo de cada año. Además, actualizar sus datos para mantener la información vigente correspondiente.

Actualización de información

Si tu dirección, teléfono y correo electrónico han cambiado o desempeñas una nueva actividad, debes informarlo oportunamente. Actualizar la información da mayor seguridad y protección a tu registro, porque permite un contacto permanente y eficiente con la Cámara, y con los interesados en los productos o servicios que tu entidad ofrece.

Cancelación

En caso de que la entidad sin ánimo de lucro determine realizar la disolución y liquidación, debes:

  1. Presentar en algunas de las sedes de la Cámara de Comercio copia del acta o documento en la que se presenta la disolución y el acta o documento en el que se registra la liquidación. En caso de tener establecimientos de comercio, también solicitar su cancelación.
  2. Radicar en la Cámara de Comercio los documentos que acrediten el proceso de cancelación.
  3. Pagar en las taquillas de la Cámara de Comercio el valor que se establece según la información registrada.

Una vez recibas la respuesta a tu solicitud, dirígete a la Gobernación de Antioquia para finalizar el proceso de liquidación (según la Circular Radicado 2024090000011 de 10 de enero de 2024).

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